El Manual de liturgia

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De acuerdo con el Código de Derecho Canónico, quien ya recibió la santísima Eucaristía un día (en misa o fuera de misa), solamente puede comulgar otra vez si lo hace dentro de la misa en la que participe (c. 917).

El Pontificio Consejo para los Textos Legislativos ha sostenido que esa norma debe entenderse como solamente una vez en el día, y no cuantas veces se asista a la misa en un día (Respuesta de 1 de julio de 1984). Esto es así atendiendo a las razones que circunstancias que caracterizan esta segunda celebración, como el cumplimiento del precepto dominical en la víspera, la misa vespertina del Jueves Santo, las misas rituales o exequiales, etc.  Es por ello que se exceptúa la comunión en caso de peligro de muerte (CIC 917 y 921), pues se podría comulgar una tercera vez en el mismo día.