El Manual de liturgia

de liturgiapapal

InacrdinatioDiaciono.jpg

Incardinación es el vínculo jurídico que se establece entre un clérigo y una entidad, que crea una relación de dependencia jerárquica.

Los entes a los que puede quedar incardinado un clérigo son las circunscripciones eclesiásticas (diócesis o asimiladas y prelaturas personales); o a institutos de vida consagrada o a otras sociedades a las que se les haya dado la facultad de incardinar.

La incardinación nace con la ordenación diaconal, es decir, no están incardinados los seminaristas. Y tiene vocación de estabilidad, lo que no significa perpetuidad, ya que puede cambiarse la incardinación mediante un acto posterior.

Respuestas

Miércoles de la XXIII semana del tiempo ordinario
O bien: san Pedro Claver, presbítero (memoria libre). En Panamá: bienaventurada Virgen María de la Antigua (solemnidad)