El calendario del Tiempo de Navidad se forma por el calendario del propio del tiempo y el calendario del propio de los santos.
Vamos primero al calendario propio del tiempo. Éste se fija a partir del 25 de diciembre, Solemnidad de la Natividad del Señor. El domingo siguiente será la Sagrada Familia. Pero si el 25 de diciembre es domingo, la Sagrada Familia se celebrará el 30 de diciembre.
Los días entre el 26 de diciembre y el primero de enero son la Octava de Navidad.
Después habrá que determinar la fecha de la Epifanía. En algunas regiones se celebra fijamente el 6 de enero. En este caso, el domingo posterior al primero de enero será el segundo después de navidad. En otras regiones es variable, pues se celebra el domingo posterior al primero de enero.
Tras ello se determina la fiesta del Bautismo del Señor. Esta será el domingo siguiente al 6 de enero. Ese día concluye en Tiempo de Navidad, y a partir del día siguiente será Tiempo Ordinario. Pero si Epifanía se celebra en domingo y éste cae el 7 u 8 de enero, el Bautismo del Señor se festejará el lunes siguiente. Igualmente, ese día concluye en Tiempo de Navidad, y a partir del día siguiente será Tiempo Ordinario.
Los días que caen entre el 2 de enero y la fiesta del Bautismo del Señor son ferias del Tiempo de Navidad.
Una vez determinado el propio del tiempo, habrá que revisar el propio de los santos. Ahí se establecen fijamente las celebraciones para cada día del año.
Una vez que determinamos el propio del tiempo y el propio de los santos, tendremos que confrontar los dos calendarios. Nos basamos en la posición que ocupan en la tabla de precedencias litúrgicas, y se le asigna a cada día el que tenga una posición más alta.
Con base en esto se determina el calendario del tiempo de Navidad.
Hay que tomar en cuenta las reglas sobre los formularios que corresponden a cada día de este tiempo:
A. El 25 de diciembre únicamente puede celebrarse la Misa de Navidad.
B. Si el 25 de diciembre no cayó en domingo, el siguiente domingo se celebra la Sagrada Familia. De lo contrario, se celebra el 30 de diciembre. El día en que se celebre, debe usarse el formulario de la Sagrada Familia en lugar del de la fiesta o feria que corresponda, y únicamente se puede cambiar por un formulario ritual o por el exequial.
C. Los días 26, 27 y 28 se utilizan los formularios respectivos del propio de los santos. Si uno de esos días es domingo, se usa el formulario de la Sagrada Familia. En cualquier caso, esos días estos formularios únicamente pueden ser sustituidos por uno ritual o exequial.
D. Los días 29, 30 y 31 se usa el formulario propio de esos días que se encuentra en el propio del tiempo. Si uno de esos días se celebra la Sagrada Familia, ésta tiene preminencia sobre el propio del tiempo. Si uno de esos días no se celebra la Sagrada Familia y concurre una memoria libre, optativamente el sacerdote puede decir la colecta del santo y tomar lo demás del formulario del propio del tiempo, vistiendo ornamentos blancos. Puede sustituirse el formulario del propio del tiempo por uno ritual o de difuntos: el exequial, en la noticia de la muerte, en la sepultura y en el aniversario de muerte.
E. El 1 de enero, se celebra a Santa María Madre de Dios, y se usa su formulario propio que se encuentra en el propio del tiempo. Ese día no puede usarse ningún otro formulario.
F. Del 2 de enero en adelante se atiende a lo siguiente:
1. El primer domingo posterior, se usa el formulario del propio del tiempo, salvo que en determinado país la Epifanía se traslade a ese domingo.
Si no se traslada la Epifanía, se usa el formulario del II domingo de Navidad. Puede sustituirse por un formulario ritual o por el exequial.
Si se traslada la Epifanía, se usa el formulario propio de Epifanía, que no puede ser sustituido.
2. El segundo domingo posterior al 2 de enero, se usa el formulario de la Fiesta del Bautismo del Señor. En los lugares en donde la Epifanía se trasladó a domingo y ésta se celebró el 7 u 8 de enero, el Bautismo del Señor se celebra el lunes siguiente. El día en que se celebre el Bautismo, se usa el formulario propio, que sólo puede ser sustituido por uno ritual o por el exequial.
3. En las ferias:
En donde no se traslada la Epifanía a domingo, el 6 de enero se usa el formulario propio de Epifanía, que no puede ser sustituido.
Si concurre una memoria obligatoria, se usa el formulario del propio de los santos. Puede ser sustituido por un formulario ritual, o por el de las misas de difuntos: exequial, en la noticia de la muerte, en la sepultura y en el aniversario de muerte. Además, pueden usarse los formularios de las misas votivas por diversas necesidades cuando, juicio del sacerdote, hay una necesidad pastoral.
Si concurre una memoria libre: el sacerdote puede usar este formulario o el de la feria de Navidad a su juicio. Puede sustituirlos por formularios rituales o por el de las misas de difuntos: exequiales, en la noticia de la muerte, en la sepultura y en el aniversario de muerte. Además, puede usar los formularios de las misas votivas por diversas necesidades cuando, a juicio del sacerdote, hay una necesidad pastoral.
Si no concurre ninguna celebración del calendario de los santos: se usa el formulario del propio del tiempo. Puede sustituirlo por formularios rituales o por el de las misas de difuntos: exequiales, en la noticia de la muerte, en la sepultura y en el aniversario de muerte. Además, puede usar los formularios de las misas votivas por diversas necesidades cuando, a juicio del sacerdote, hay una necesidad pastoral.