El Manual de liturgia

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Las lecturas bíblicas distintas al Evangelio deben ser leídas, en primera instancia, por un lector ritualmente instituido.
Puede ser instituido en este ministerio cualquier laico (varón o mujer), que tengan la edad y las condiciones determinadas por la conferencia episcopal (CIC 230). Sin embargo, muchos obispos reservan este ministerio solo para los candidatos a las órdenes sagradas.
Ante la ausencia de un lector ritualmente instituido, puede encargarse que lea las lecturas otro laico que sea apto para cumplir este ministerio y que esté realmente preparados, para que, al escuchar las lecturas divinas, los fieles conciban en su corazón el suave y vivo afecto por la Sagrada Escritura (IGMR 101).
De no haber alguien idóneo, el diácono (IGMR 176) o el sacerdote (IGMR 59) proclamarán las lecturas.
 
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Martes de la XX semana del tiempo ordinario
En España: san Roque (memoria libre)